miércoles, 28 de enero de 2015

EL DELITO DE FRAUDE A RESOLUCIÓN JUDICIAL

El artículo 454 del código penal modificado por la ley 1453 de 2011 contempla el delito de fraude a resolución judicial de la siguiente manera:
El que por cualquier medio se sustraiga al cumplimiento de obligación impuesta en resolución judicial o administrativa de policía, incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años y multa de cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes.”
Este delito es imputable a quienes se valen de ciertas argucias y artimañas para evitar el cumplimiento de una obligación impuesta mediante resolución judicial, como por ejemplo el señor que se insolventa mediante simulación de contratos de compraventa o traspaso de bines a título gratuito bajo cualquier figura jurídica para desaparecer de su patrimonio cualquier bien que le  pudiera ser embargado para garantizar el pago de lo impuesto.
O el Caso del Municipio de barrancabermeja que busca crear un hecho nuevo al crear un nuevo espacio junto a relleno sanitario frente al cual un juez de la República ordenó su cierre definitivo.

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