lunes, 19 de mayo de 2014

PENAL GENERAL - CONCEPTO Y FUNCIÓN DEL DERECHO PENAL:


CONCEPTO DE DERECHO PENAL
El derecho penal regula la conducta humana (delito=conducta lesiva de bienes jurídicos) y la consecuencia jurídica (pena=restricción o privación de derechos a que se somete el delincuente). Esta conceptualización es insuficiente porque desconoce que el derecho penal es expresión de poder político y es precisamente ese poder el que le da sentido a la normatividad penal, y desconoce también que el derecho penal es un ejercicio legítimo del poder punitivo. Por esto es que hay 3 sentidos diferentes del derecho penal:

1.   DERECHO PENAL COMO PODER PUNITIVO: Capacidad que tiene el estado de configurar como delitos ciertas conductas e imponerles una pena o medida de seguridad. Expresa el poder político, es el espacio en el que mas se ejerce la violencia institucional, pues implica la privación o restricción de derechos fundamentales. Esa potestad se justifica, en un estado absolutista, en la divinidad y poder ilimitado del monarca, en el estado liberal, en el contrato social, en el estado intervencionista, en la necesidad de defender a la sociedad y en el estado social y democrático de derecho, en la constitución, dentro de los márgenes de necesidad, derechos humanos y dignidad.
2.   DERECHO PENAL COMO DERECHO OBJETIVO: Conjunto de normas (leyes)  que establecen que conductas son delitos y que penas o medidas han de imponerse. La regulación del delito y de la pena debe ser producto de un debate democrático y, por tratarse de la privación o restricción de derechos fundamentales, es competencia exclusiva del legislador.
El hecho de que el derecho penal este determinado en la ley, garantiza a los ciudadanos que sólo las conductas descritas constituyen delito, que solo son aplicables las allí penas contempladas (proscripción de la analogía), y que la ley solo podrá aplicarse a hechos cometidos después de su promulgación (proscripción de la aplicación retroactiva de la ley).
3.   DERECHO PENAL COMO DOGMÁTICA: Conjunto de conocimientos orientados a promover un ejercicio legítimo del poder punitivo y una aplicación racional de la normatividad. Busca organizar los preceptos legales dentro del marco de la constitución y los derechos fundamentales.

FUNCIÓN DEL DERECHO PENAL:
Al derecho le corresponde mantener las condiciones que posibilitan una convivencia pacifica. En este sentido, tiene entonces varias funciones: establecer los mecanismos que regulan la relación gobernante – gobernado, regula la manera en que se constituye el poder público y la forma en que debe ejercerse y establece pautas de conducta. Las funciones del derecho penal se orientan a la promoción y conservación de la convivencia, pero con ciertas particularidades que atienden a la justificación del poder punitivo del estado. Por eso se diferencia entre:

1.   FUNCIONES LEGITIMADORAS: Evitar la comisión de delitos y realizar las garantías con que cuentan los sujetos activos de ellos:
Prevención de delitos: Dos aspectos, protege la vulneración de bienes jurídicos y previene la reacción social informal. El derecho penal protege los bienes jurídicos que son fundamentales para la convivencia social (subsidiariedad del derecho penal), los protege de las violaciones o puestas en peligro graves o intolerables socialmente (derecho penal fragmentario). Por otra parte, el derecho penal busca evitar reacciones sociales informales, venganza privada ante la comisión de un delito, evita niveles de violencia superiores a los que él mismo contiene.
Realización de las garantías penales: La protección del derecho penal se extiende  a los destinatarios de la acción penal, busca que se respete el derecho a la dignidad del procesado, el cumplimiento del principio de legalidad y el equilibrio entre la pena, la capacidad de daño y el contenido de culpabilidad de la conducta.
Cumpliendo con estas dos funciones el derecho penal deja de ser autoritario para ser garantista, protege los derechos fundamentales para que no sean vulnerados con los delitos ni con las penas.

2.   FUNCIONES DESLEGITIMADORAS: Funciones que buscan interiorizar valores éticos y generar sensaciones de seguridad con la expedición de las normas penales.
Interiorización de valores: El derecho penal no puede pretender incidir en la interioridad de cada ciudadano, solo puede interferir en su comportamiento exterior.

Función simbólica: La sola expedición de una norma penal genera creencias y conductas, la percepción de que el poder político se ejerce en beneficio de la sociedad. 

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