JAKOBS: las causas de
justificación son los motivos jurídicos fundados para ejecutar un
comportamiento prohibido, a diferencia de lo que ocurre con el comportamiento atípico,
en el justificado se trata de un comportamiento socialmente no anómalo, sino
aceptado como socialmente soportable solo en consideración a su contexto, o
sea, a la situación de justificación. Aquí lo importante es el ánimo de
defender, no solo basta que se den las circunstancias de justificación sino que
el sujeto tenga el animo de defender.
Las causales de
justificación son:
1.
La legítima defensa: no existe una persona en el mundo que no reaccione a una agresión
injusta e inminente y no evitable de otra manera. Los requisitos para que se
estructure esta causal son: a) agresión: que exista una agresión actual e
inminente b) que sea injusta C) que no sea evitable de otra manera o que se
evidencie la necesidad de defensa. Algunas legislaciones exigen el requisito de
la proporcionalidad, como colombia
Existe una clasificación que
se conoce como la legitima defensa privilegiada, opera cuando hay intromisión por
extraños en el domicilio.
2. El estado de necesidad: es una situación de peligro que obliga a que el sujeto
tienda a proteger los bienes jurídicos, pues la actualidad de la situación lo
hace actuar para evitar el daño o lesión . sus requisitos son: a)la existencia
de una peligro actual o inminente, b) no debe ser evitable de otra manera c) el
sujeto que alega la causal no debe haberse colocado imprudentemente en esa
situación de peligro d) no debe existir el deber de soportar ese riesgo
Diferencias entre las dos: 1
una es una agresión, en tanto que la otra es una situación de peligro. 2
3. Cumplimiento de un deber
legal y obediencia debida: esto debe supeditarse a tres
requisitos a) una norma jurídica b) una imposición de un deber c) una actuación
en cumplimiento de ese deber
4.
Cumplimiento de una orden legitima de autoridad competente:
requisitos a) existencia de una relación jerárquica superior subordinada b) que
la orden sea legitima c) que sea competente el superior para proferir esa orden
d) que se imparta conforme a lo establecido en la ley y e) que exista una
obligación por parte del subordinado de cumplirla
5. Ejercicio de una profesión o
actividad lesita: en otros términos las
actividades licitas están respaldadas legalmente y por ende a pesar de existir
una vulneración a bienes jurídicos esta se tolera en aras del beneficio que
puedan acarrear.
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