domingo, 27 de abril de 2014

ORGANISMOS DE CONTROL


CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Es una entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal, ejerce el control fiscal y el control financiero, de gestión y de resultados de la gestión fiscal.
El Contralor General es elegido por el Congreso en pleno, de terna integrada por la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y la Corte Constitucional. Entre sus funciones está la de prescribir métodos para rendir cuentas, revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del erario, llevar un registro de la deuda pública de la nación, exigir informes de la gestión fiscal a toda persona que administre dineros de la nación y presentar a la cámara de representantes la cuenta general del presupuesto y el tesoro.
Además de la contraloría general están las contralorías municipales, departamentales y distritales, que ejercen las mismas funciones a nivel territorial.

El control fiscal a la gestión de la contraloría la ejerce un auditor elegido para un período de dos años elegido por el Consejo de Estado.

MINISTERIO PÚBLICO

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Su jefe supremo es el Procurador General, elegido por el senado para un período de 4 años de terna enviada por el Presidente, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. Sus funciones son: desvincular del cargo al funcionario público que infrinja el ordenamiento o derive beneficio patrimonial de su cargo, emitir conceptos en los procesos disciplinarios contra los funcionarios con fuero especial y rendir conceptos en los procesos de control de constitucionalidad.

Las funciones de la Procuraduría son: vigilar el cumplimiento del ordenamiento jurídico, proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad, velar por el ejercicio diligente de las funciones administrativas, vigilar la conducta de los servidores públicos y ejercer poder disciplinario sobre ellos.

DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Su función es la de velar por la promoción, ejercicio y divulgación de los derechos humanos. Sus funciones son: orientar a los habitantes en el ejercicio de sus derechos, divulgar los derechos humanos, invocar el habeas corpus e interponer acciones de tutela.
Su jefe es el Defensor del Pueblo, elegido por la Cámara de Representantes de terna enviada por el Presidente, es quien vigila el cumplimiento de la constitución, la ley, decisiones judiciales y actos administrativos, protege los derechos humanos, defiende los intereses de la sociedad, los intereses colectivos, vela por un debido ejercicio de la función administrativa e interviene en los procesos llevados ante autoridades públicas en defensa del orden jurídico, patrimonio económico y derechos y garantías fundamentales.


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